¿La actividad laboral de los bomberos se considera de alto riesgo?

 

 

 

Entre las actividades consideradas como de alto riesgo, por las normas de seguridad social, encontramos las relacionadas con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios, en los cuerpos de bomberos. Es decir que si es considerado una labor de alto riesgo, la que desempeñe el bombero que actúe en la extinción de incendios.

Los trabajadores que laboren en estas actividades de alto riesgo, podrán pensionarse al cumplir con la edad requerida, que en este caso es 55 años para hombres y mujeres.

Veamos otras actividades consideradas legalmente como de alto riesgo:

1.- Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
2.- Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud ocupacional.
3.- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
4.- Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.
5.- La actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

6.- La actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria del Inpec, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor. Así mismo, el personal que labore en las actividades antes señaladas en otros establecimientos carcelarios, con excepción de aquellos administrados por la fuerza pública.

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