
El Ministerio de Salud emitió la Resolución 735 del 2020, mediante la cual se disponen protocolos de bioseguridad para el manejo y control de riesgo del covid-19 en el sector de domicilios y mensajería. Entre las medidas adoptadas tenemos las siguientes:
1.- El domiciliario debe realizar la limpieza y desinfección del vehículo donde se llevan los domicilios al comenzar y terminar su jornada.
2.- Es obligatorio el uso de medidas de protección durante los desplazamientos.
3.- En la entrega de domicilios el uso de tapabocas y guantes es obligatorio.
4.- No se deben tomar pedidos presenciales, solo serán en línea o por teléfono.
5.- La forma de pago debe ser informada al cliente y en la medida de lo posible se debe evitar el pago en efectivo, si es en efectivo la recomendación es pagar el valor exacto del producto para evitar recibir cambio.
6.- Hay que llevar un registro de entregas de los clientes con dirección y teléfono que sirva como referencia para las autoridades sanitarias en caso de que algún trabajador o socio repartidor salga positivo para covid-19.
7.- El distanciamiento mínimo es de 2 metros entre los domiciliarios o socios repartidores durante los desplazamientos. Igualmente, en el momento de la entrega de un domicilio.
8.-En los centros de reunión o cuando están a la espera de recibir algún pedido no se deben reunir en grupos mayores a 5 personas manteniendo el distanciamiento mínimo y usando tapabocas.
9.-El producto debe ir en doble bolsa. Este debe ser sacado de la bolsa y, al ingresar a la vivienda, sacado del empaque y ser lavado y desinfectado. Entre otras.
En el siguiente link puede leer la resolución No. 735 del 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social. https://id.presidencia.gov.co/Documents/200511-Resolucion-735-protocolo-Bioseguridad-centros-llamadas-contacto-soporte-tecnico.pdf