¿Pueden despedirme si padezco túnel carpiano? 

La Corte Constitucional en Sentencia T-195 del 2022, protegió los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, seguridad social, igualdad, trabajo y debido proceso de una ciudadana, a quien se le canceló su contrato de trabajo, pese a ser diagnosticada con el Síndrome del túnel carpiano, condición que le causa dolores agudos en ambos brazos y diversas limitaciones funcionales. 

La Corte consideró que la accionante sí era titular de la estabilidad laboral reforzada por razones de salud, puesto que había sido diagnosticada con Síndrome del túnel carpiano, de intensidad severa en fase crónica, enfermedad que afecta su salud y dificulta el desempeño de sus labores. Y a pesar de conocer el estado de salud de la accionante, el empleador terminó el contrato de trabajo sin autorización del Inspector del Trabajo.  

En este caso la Corte concluyó que la tutela es procedente como mecanismo transitorio de protección, y ordenó el reintegro de la ciudadana y el pago de los salarios y prestaciones sociales que legalmente le correspondan desde cuando se produjo la terminación del contrato hasta que se haga efectivo ese reintegro, además de la indemnización correspondiente.  

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