¿Cuál es el objetivo del Registro de obras civiles inconclusas?

El Gobierno Nacional expidió la Ley 2020 del 17 de julio del 2020, mediante la cual Crea el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas.

El objetivo de esta Ley es registrar e identificar aquellas obras civiles financiadas total o parcialmente con recursos públicos, y que requieren de un tratamiento de evaluación e inversión técnica, física o financiera, con el fin de definir su terminación, demolición o las acciones requeridas para concretar su destinación definitiva.

Este registro estará bajo la dirección y coordinación de la Contraloría General de la República, el cual contendrá el inventario actualizado de obras civiles inconclusas y estará compuesto por la información reportada por las entidades estatales del orden nacional, departamental, municipal, distrital y demás órdenes institucionales, sobre las obras civiles inconclusas de su jurisdicción, o la información obtenida por la propia Contraloría.

La ley define la Obra Civil Inconclusa como aquella construcción, mantenimiento, instalación o realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, que en un año después de vencido el término de liquidación contractual, no haya concluido de manera satisfactoria para el interés general o el definido por la entidad estatal contratante, o no esté prestando el servicio para el cual fue contratada.

Les comparto el enlace de la Ley 2020 del 2020. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202020%20DEL%2017%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf

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