¿Qué hacer cuando se reciba un requerimiento de la UGPP?

 

 

 

La Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales UGPP, dentro del proceso de fiscalizar, puede emitir dos clases de requerimientos:

1.- Requerimiento de información

2.- Requerimiento para declara y/o corregir.

En el requerimiento de información, la Unidad solicita al aportante información tributaria y contable para ser analizada. Podrán solicitar: Nómina de salarios, Balances de prueba, Auxiliares de todas las cuentas contables de costos y gastos, Auxiliares de todas las cuentas contables del pasivo, relacionadas con pagos a trabajadores. La información solicitada debe entregarse en el término establecido, completa, exacta y con calidad, de lo contrario, La Unidad impondrá una sanción hasta de 15.000 UVT.

En el requerimiento para declarar y/o corregir, el aportante podrá aceptar total o parcialmente los hechos planteados y como consecuencia de ello, pagar los aportes liquidados más los intereses de mora genereados hasta la fecha de pago y cancelar las sanciones propuestas en el requerimiento. De no aceptar lo propuesto, el aportante podrá formular por escrito, dentro de los 3 meses siguientes a la notificación del requerimiento para declarar y/o corregir, sus objeciones con las pruebas correspondientes.

Importante La Unidad impondrá sanciones por no declarar y por las conductas de omisión, mora e inexactitud.

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