
La UGPP expidió la Resolución 209 del 2020, mediante la cual se adopta el esquema de presunción de costos para los trabajadores independientes por cuenta propia y con contrato diferentes a los de prestación de servicios personales, conforme a la actividad económica que desarrolla.
Esta resolución facilitará el cálculo de los costos en que incurren los trabajadores independientes en el desarrollo de su actividad económica, sin necesidad de presentar documentos o soportes.
Con esta nueva alternativa el trabajador independiente calculará su Ingreso Base de Cotización -IBC- así: Sector Agropecuario: 73,9%; Explotación de minas: 74%; Comerciantes: 75,9%; Alojamiento y servicios de comida: 71,0%; Industrias manufactureras: el 70%; Educación: 68,3%; Construcción el 67,9%; Transporte 66,5%; Actividades inmobiliarias, el 65,7%; Actividades artísticas 65,5%; Demás actividades económicas, el 64,7%; Servicios administrativos 64,2%; Información y comunicaciones 63,2%; Actividades profesionales 61,9%; Atención de salud 59,7%; Actividades financieras y de seguros 57,2%; Rentistas de Capital 27,5%;Otras actividades de servicios, el 63,8%.
La presunción de costos para el transporte público de carga por carretera, regulado en la resolución 1400 de 2019 para trabajadores independientes, va desde 73,4% al 67,6%.
Este esquema de presunción de costos aplicará a los procesos de fiscalización en curso y a los que se inicien en adelante.
Para calcular el IBC, debe calcular los ingresos mensuales, restar los costos asociados de acuerdo con su actividad económica y multiplicar ese valor al menos por el 40%. El pago lo debe realizar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA-, seleccionando el tipo de cotizante independiente.
Veamos un ejemplo de cómo calcular el IBC con este nuevo esquema:
Comerciante: presunción de costos de 75,9%
Ingreso mensual: $10.000.000
IBC= (Ingreso mensual total – Costos) x 40%
IBC= ($ 10.000.000 – 75,9%) x 40%
IBC= $ 2.410.000 x 40%
IBC= $964.000
Aporte a salud 12,5% = $120.500 Aporte a pensión 16% = $154.240
En el siguiente enlace puede leer la Resolución 209 del 2020 completa. https://www.ugpp.gov.co/sites/default/files/sites/default/files/nuestra_unidad/Resolucion-209-de-2020.pdf