¿El ICETEX debe otorgar periodos de gracia por la pandemia?

El ICETEX, emitió la siguiente información respecto el funcionamiento del Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID – 19, para evitar confusiones en la ciudadanía, la entidad señaló lo siguiente: 

– El Período de gracia en cuotas de créditos vigentes (interrupción temporal de pagos) únicamente es por el tiempo de duración de las medidas del Plan de Auxilios Educativo

El Consejo de Estado en su fallo estableció la Ampliación de plazos en los planes de amortización como una modalidad de Auxilio diferente. Esta es la razón por la cual, para la Corte, no es posible la concurrencia del Auxilio de Interrupción temporal de pagos con la Ampliación de plazos en los planes de Amortización

El fallo del Consejo de Estado definió que a los usuarios que se acojan a la medida de Período de gracia en cuotas de créditos vigentes (interrupción de pagos) no se les causarán intereses durante la duración de este Auxilio

Con relación a esta medida, el ICETEX anunció que a ninguno de los más de 49,000 beneficiarios que desde marzo de 2020 se han acogido al auxilio de Período de gracia en cuotas de créditos vigentes (interrupción temporal de pagos) se les han causado intereses durante la duración de los Auxilios. Así mismo, la entidad resalta que otro conjunto de más de 36,000 beneficiarios están disfrutando del Auxilio de reducción temporal de intereses al IPC con el fin de fomentar su permanencia en el sistema de educación superior durante los semestres 2020-2 y 2021-2. 

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