
Debido a las elecciones presidenciales que se llevarán a cabo mañana 29 de mayo, a partir de las 8:00 am hasta las 4:00Pm, el Gobierno Nacional ha señalado que los alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes, con el fin de mantener o restablecer el orden público, desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del día sábado 28 de mayo hasta las doce del día (12:00 m.) del día lunes 30 de mayo, para la primera vuelta. Así se dispuso en el Decreto 840 del 2022.
Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación, de acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Tenga en cuenta que los gobernadores y alcaldes, podrán ampliar el término previsto en el presente artículo, para prevenir posibles alteraciones del orden público.
Recuerde la importancia de participar en las elecciones presidenciales, usted tiene el poder de decidir con su voto. Verifica tu puesto de votación con tiempo y recuerda revisar si fuiste asignado jurado de votación.
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