¿Tengo 60 años puedo cambiar el fondo privado de pensiones y pasar a Colpensiones?


Legalmente los cambios de regímenes de pensiones son validos, siempre y cuando el afiliado haya permanecido como mínimo 5 años en el régimen que quiere cambiar. Sin embargo, los afiliados no podrán cambiar de régimen cuando le falten 10 años o menos para cumplir la edad que le da derecho a la pensión. Nos referimos a 57 años mujeres y 62 años hombres.

Pese a lo anterior, La Corte Suprema de Justicia ha sostenido, que la vinculación al fondo privado de pensiones, no se limita a una simple manifestación de la voluntad de quien decide trasladarse de régimen, sino que debe estar ajustada a los parámetros de libertad informada, es decir, la solicitud y trámite de traslado de régimen pensional, habrá de estar precedida de una información clara, comprensible y suficiente, sobre las consecuencias favorables y desfavorables que su decisión acarrea y libre de coerciones o presiones. Por tanto, si en su vinculación no fue informado de manera clara y precisa sobre todo los concerniente a su pensión, usted podrá solicitar la nulidad de esa afiliación, no importa su edad. Consúltenos.

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