¿Si me despiden durante el periodo de prueba deben pagarme liquidación?

Las normas laborales señalan que el período de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo. 

Durante este periodo de tiempo el empleador debe pagar el salario pactado y el contrato de trabajo podrá darse por terminado unilateralmente en cualquier momento, sin previo aviso. Sin embargo, al momento de finalizar el contrato debe liquidarse todas las prestaciones sociales adeudadas al trabajador.  

Debo precisar que las normas laborales señalan textualmente que los trabajadores durante el período de prueba de su contrato laboral gozan de todas las prestaciones. 

Recordemos que el período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. Sin embargo, en los contratos de trabajo a término fijo cuya duración sea inferior a un (1) año el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado, sin que pueda exceder de dos meses. Ahora, cuando el período de prueba se pacte por un plazo menor al de los límites máximos expresados, las partes pueden prorrogarlo antes de vencerse el período inicialmente estipulado, sin que el tiempo total de la prueba pueda exceder dichos límites 

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