En el marco de la emergencia económica, social y ecológica, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 770 del 2020 que permite la posibilidad de pactar entre trabajador y empleador 12 horas diarias de trabajo en 4 días para un total de 48 semanales. Esta alternativa laboral permite que el descanso del trabajador se incremente en 1.5 días a la semana (respecto a la jornada de 8 horas diarias), para un total de 3 días de descanso semanales.
Hay que resaltar que esta alternativa estará vigente solamente mientras dure la Emergencia Sanitaria y solo es viable de manera concertada de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador.
Esta normativa no exime del reconocimiento de los recargos nocturnos, dominicales y festivos de acuerdo con la normatividad vigente. Sin embargo, permite la posibilidad de que por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador se pueda diferir el pago de los recargos máximo hasta el 20 de diciembre de 2020, pero se insiste, esto depende del acuerdo de voluntades tanto de trabajador como de empleador, lo cual puede o no darse.
En esta jornada laboral no es posible laborar horas extras o días adicionales, ya que su finalidad es reducir la jornada laboral, la aglomeración en el sitio de trabajo y la descongestión en el transporte público.
Les dejo el enlace del Decreto 770 del 2020. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20770%20DEL%203%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf