¿Quitarán el IVA a las toallas higiénicas?

 

 

La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que gravaba las toallas y tampones higiénicos con el IVA del 5%, los argumentos fueron:

1. Estos productos son insustituibles en tecnologías actuales, pues se relacionan con la condiciones de vida digna para las mujeres.

2. Son productos insustituibles en términos económicos y prácticos.

3.Otras alternativas de higiene femenina son mucho más costosas para los grupos poblacionales que no acceden a ellas.

La Corte señaló: “Consideramos que esta norma está relacionada con un producto que solo es consumido por mujeres, entendemos que hay una discriminación que se ha denominado en la jurisprudencia como indirecta, porque es una norma que parece ser neutral, pero que afecta a un grupo particularmente individualizado, que es el de ser mujer”.

Por tanto, La Corte Constitucional, en decisión unánime, decretó que las toallas higiénicas, tampones y tecnologías similares no están sujetas al IVA del 5 %, por eso se declaró inexequible parcialmente el artículo 185 de la Ley 1819 del 2016.

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