
La nueva Ley 2157 de 2021, más conocida como “Ley de borrón y cuenta nueva”, permitirá eliminar los reportes negativos a centrales de información a muchos colombianos.
La Ley estableció, la siguientes reglas para eliminar los reportes negativos:
1. Eliminación de reportes negativos de obligaciones extinguidas antes de la entrada en vigencia de la ley 2157
Se deberá eliminar de inmediato la información negativa de las personas que, a la entrada en vigor de dicha ley, hubieran extinguido sus obligaciones objeto de reporte, y cuya información negativa hubiese permanecido en los bancos de datos por lo menos 6 meses, contados a partir de la extinción de las obligaciones.
2. Eliminación de reportes negativos de obligaciones extinguidas durante el año siguiente a la entrada en vigencia de la ley 2157 de 2021
Se deben eliminar de inmediato los reportes negativos de las obligaciones dinerarias de las siguientes personas, siempre y cuando se extingan dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de Ley:
- Los deudores y codeudores que tengan obligaciones crediticias con el ICETEX.
- Pequeños productores del sector agropecuario, las víctimas del conflicto armado y los jóvenes y mujeres rurales que tengan cualquier tipo de crédito agropecuario con FINAGRO.
- Personas que tengan clasificación Mipyme, o del sector turismo, o pequeños productores del sector agropecuario, o personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes.
No podrán ser reportadas ante las centrales de riesgo las obligaciones que quedaron en mora durante el periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 31 de diciembre de 2020 con ocasión de la emergencia sanitaria. Esto únicamente aplica cuando el titular de la obligación se haya acercado a la entidad respectiva buscando una restructuración de la deuda.
Les comparto el enlace de la Ley 2157 del 2021.