¿Quiénes pueden acceder a la garantía de Pensión Mínima de Vejez? 

Los afiliados a los fondos privados de pensiones, que a los 62 años de edad, si son hombres, y 57 años de edad, si son mujeres, que no han alcanzado a generar la pensión mínima de vejez, y han cotizado por lo menos 1.150 semanas cotizadas y/o laboradas en toda su vida laboral pero no alcanzan a acumular un capital necesario para acceder a una pensión de vejez, podrán acceder al Fondo de Garantía de Pensión Mínima FGPM del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, para completar la parte que hace falta para obtener dicha prestación económica.   

¿Cómo acceder a la Garantía de Pensión Mínima?  

Acérquese al Fondo de Pensiones privado, donde se encuentre afiliado. El fondo debe determinar si usted es potencial beneficiario(a) de una Garantía de Pensión Mínima de Vejez GPM y verificar si cumple con los siguientes requisitos:    

1. Que cumplan con el requisito de edad, hombres 62 años y mujeres 57 años.   

2. Que el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual CAI, más el valor del bono pensional no le alcance para financiar una pensión del 110% de 1 SMLV.   

3. Que cuenten con más de 1.150 cotizadas y/o laboradas en toda su vida laboral.   

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