¿Quiénes podrán acceder al nuevo subsidio de desempleo de las cajas de compensación?

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 488 del 2020, mediante el cual se disponen unos beneficios relacionados con Mecanismo de Protección al Cesante o desempleado.

El Decreto señala que hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, y hasta donde permita la disponibilidad de recursos, se entregará un subsidio de desempleo, por un valor de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, divididos en tres (3) mensualidades iguales que se pagarán mientras dure la emergencia y, en todo caso, máximo por tres (3) meses, a las personas que cumplan los siguientes requisitos:

1.- Trabajadores dependientes o independientes

2.- Cotizantes categoría A y B

3.- Desempleados

4.- Que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un (1) año, continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos cinco (5) años.

Los aspirantes a este beneficio deben diligenciar ante la Caja de Compensación Familiar a la que se encuentre afiliado, la solicitud pertinente para poder aspirar a obtener este beneFicio. Las Cajas de Compensación Familiar deben realizar los trámites de solicitud, aprobación y pago de este beneficio por medios virtuales, en razón a la emergencia declarada. Mayor información contáctese con su caja de compensación familiar. 

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

12 thoughts on “¿Quiénes podrán acceder al nuevo subsidio de desempleo de las cajas de compensación?”

Responder a Wilmer Rafael salas dela hoz Cancelar respuesta

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.