¿Quien debe asumir el costo de la dotación o uniformes de los trabajadores?


La dotación de calzado y overoles siempre estará a cargo del empleador, así se le dé a trabajadores que ganen más de dos (2) s.m.m.l.v. o entreguen más dotaciones de las mínimas obligatorias que tiene que hacer la empresa.

La dotación legalmente establecida, debe ser suministrada a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos mensuales. Y consiste en un par de zapatos y un vestido de labor. Esta prestación se entregará al trabajador que haya cumplido más de 3 meses al servicio del empleador y se entregará en las siguientes 30 de abril, 31 de agosto, y 20 de diciembre.

Si el trabajador no utiliza la dotación suministrada para sus labores contratadas, el empleador queda eximido de entregarle la dotación en el periodo siguiente.

El trabajador no debe asumir ningún valor por la dotación legalmente establecida. De acuerdo a las normas laborales los aportes o costos que deben asumir los trabajadores, son los aportes obligatorios por Seguridad Social, los obligatorios por disposición tributaria, Por orden judicial, Los expresamente autorizados por el trabajador como aportes para Fondo de Empleados, Cuota Sindical, Créditos por Libranza, Rifas, ahorros, Daños, descuadres, préstamos y adelantos sobre el salario, Descuento por Multas por retrasos establecidos en el Reglamento Interno de Trabajo, Aportes voluntarios a pensión y planes complementarios de salud.

 

Kelia Alvarez López

Abogada – Magíster En Derecho

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