¿Qué significa que una sentencia tiene fuerza de cosa juzgada?

 

Las normas del Código General del Proceso colombiano disponen que toda sentencia ejecutoriada o en firme proferida en proceso contencioso tiene fuerza de cosa juzgada, es decir, que una misma persona no podrá ser juzgada dos veces por los mismos hechos.

La jurisprudencia señala que la cosa juzgada coloca fin a las discusiones que versan sobre los derechos, dando certeza jurídica. Esta firmeza de las sentencias, otorga la protección de los derechos reconocidos a las partes del proceso y salvaguarda que el demandado no pueda ser juzgado dos veces por los mismos hechos.

Se declara que existe cosa juzgada, cuando el nuevo proceso jurídico iniciado, verse sobre el mismo objeto, se funde en la misma causa que el anterior y entre ambos procesos haya identidad jurídica de partes.

Sin embargo, no constituyen cosa juzgada las sentencias que se dicten en procesos de jurisdicción voluntaria; Las que decidan situaciones susceptibles de modificación mediante proceso posterior, por autorización expresa de la ley. Y las que declaren probada una excepción de carácter temporal que no impida iniciar otro proceso al desaparecer la causa que dio lugar a su reconocimiento.

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