¿Qué pasó con la Consulta Anticorrupción?

 

 

Si la Consulta Anticorrupción hubiese sido aprobada, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 1757 de 2015, el Congreso debía adoptar las medidas para hacer efectiva la decisión del pueblo. Por tanto, le correspondía expedir la ley dentro del mismo período de sesiones o a más tardar en el período siguiente.

Sin embargo, como la consulta no fue aprobada, el presidente de la República convocó una Mesa Técnica, en la cual, se decidió radicar ante el Congreso de la República 9 propuestas para dar cumplimiento a los mandatos votados por los colombianos.

¿Como va el trámite ante el congreso?

El pasado 2 de octubre se realizó el primer debate del Proyecto de Acto Legislativo por medio del cual se aprobó modificar el artículo 122 de la Constitución Política que presenta modificaciones sobre la definición de las funciones de todos los empleos públicos mediante ley o reglamento; el juramento para defender la Constitución y desempeñar deberes; la declaración juramentada y declaración de renta al comienzo y al final de un empleo público y la prohibición de la inscripción como candidatos a cargos de elección popular, de la designación como servidores públicos y de la celebración de contratos con el Estado a personas que hayan sido condenadas con delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico en Colombia o en el exterior.

Todas las 9 propuestas radicadas, actualmente surten trámites de aprobación ante el Congreso de la República.

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