Las normas laborales señalan como obligación general de los empleadores Al momento de la terminación de un contrato laboral, el pago inmediato de la liquidación de las prestaciones sociales correspondientes.
Además de la liquidación económica, Entre las obligaciones específicas de los empleadores encontramos la de expedir por solicitud del trabajador, a la finalización del contrato de trabajo una certificación donde conste el tiempo de servicio, el tipo de labor y el salario devengado. Igualmente debe realizar la práctica del examen de egreso solicitado por el trabajador, esto si al ingreso o durante su relación laboral se le practicó un examen médico. También debe el empleador enviar a la última dirección registrada, dentro de los 60 días siguientes a la terminación del contrato, el estado de pago de las cotizaciones de Seguridad Social y parafiscalidad sobre los salarios de los últimos tres meses anteriores a la terminación del contrato, adjuntando los comprobantes de pago que los certifiquen.
Con fundamento en esta norma, todo trabajador podrá exigir a su empleador una vez termine su contrato laboral el pago de su liquidación de prestaciones sociales y una certificación que podrá utilizar como referencia para una nueva oportunidad de trabajo, donde conste su tiempo laborado, su labor realizada y su salario devengado.
Si el empleador no cancela la liquidación de prestaciones sociales al finalizar la relación laboral, debe cancelar una indemnización al trabajador; igualmente si se niega a la entrega del certificado laboral, el trabajador podrá presentar su queja o denuncia ante el ministerio de trabajo, entidad facultada para imponer multas a los empleadores que incumplan cualquiera de sus obligaciones legales.
A los cuantos días se le debe pagar su liquidación por término de contrato¿ a las 48 horas o 15 días hábiles? Y ¿ como se le debe liquidar su vacaciones? ¿ por su salario base o devengado? .
Hola, las liquidaciones deben ser pagadas de manera inmediata a la terminación de la relación laboral.