¿Qué medidas se han tomado para aliviar a los deudores bancarios?

La Superfinanciera ha emitido medidas para apoyar a los deudores afectados económicamente por el COVID-19 y para garantizar la prestación del servicio financiero.

Con fundamento en esta medidas, las personas naturales y jurídicas, afectados por la situación del COVID-19 podrán acordar con sus entidades financieras nuevas condiciones para sus créditos como por ejemplo periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos.

Los cambios en las condiciones iniciales de los créditos no tendrán efecto en la calificación del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo. Los créditos objeto de estas medidas, no se considerarán como modificaciones ni reestructuraciones. Pero solo serán beneficiados con esta medida, los créditos que no tengan al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.

Esta redefinición de las condiciones de los créditos aplica para créditos comerciales, microcréditos, consumo e hipotecarios, sin limitación del número de obligaciones.

Las entidades financieras deberán evaluar caso a caso las mejores condiciones que permitan darle viabilidad financiera a los deudores. Estamos atentos a nueva medidas que ordenarán.

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