Las normas laborales señalan que el reglamento de trabajo es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio.
Están obligados a tener un reglamento de trabajo los siguientes empleadores:
1.Empleadores que ocupe más de cinco (5) trabajadores de carácter permanente en empresas comerciales
2. Empleadores con más de diez (10) trabajadores permanentes en empresas industriales
3. Empleadores con más de veinte (20) trabajadores permanentes en empresas agrícolas, ganaderas o forestales.
4. En empresas mixtas la obligación de tener un reglamento de trabajo existe cuando el empleador ocupe más de diez (10) trabajadores.
El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores de la empresa, salvo estipulación en contrario que, sin embargo, sólo puede ser favorable al trabajador.