¿Qué beneficios creó el Gobierno Nacional a favor de las salas ?

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 1734 del 2021 estableció reglas transitorias que facilitan el acceso de los exhibidores cinematográficos a beneficios contemplados en la Ley de cine.  Este decreto establece alivios para impulsar la recuperación económica de las salas de cine en el país. 

El Gobierno Nacional reconoce que las salas de cine son la principal ventana de circulación de obras cinematográficas de largometraje y cortometraje en el país y que, debido a las medidas adoptadas en la emergencia sanitaria, por covid-19, las salas de cine nacionales se han visto afectadas en sus posibilidades de sostenimiento y recuperación en el corto plazo. 

La Ley de Cine contempla que los exhibidores deben hacer una contribución parafiscal del 8,5 % de los ingresos por venta de boletería y exclusivamente por películas extranjeras, al Fondo para el Desarrollo Cinematográfico. 

También estipula retener al distribuidor el 8,5% de los ingresos que reciba por derechos de exhibición de películas extranjeras y el 5% al productor colombiano de películas, cuando ha negociado directamente con el exhibidor los ingresos por taquilla. 

Sin embargo, los exhibidores que presenten en sus salas de cine cortometrajes colombianos podrán descontar 6,25 puntos porcentuales de la contribución a su cargo. 

La medida empieza a regir a partir de diciembre de este año y hasta el 31 de diciembre del 2022.

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