¿Puedo solicitar una segunda opinión médica a la EPS?

La Corte Constitucional en Sentencia T-017 de 2023, reafirmó la especial protección de quienes son diagnosticados con enfermedades huérfanas. En esta sentencia la Corte estudió el caso deuna mujer de 24 años, diagnosticada con síndrome de Ehlers-Danlos, además de trastornos de ansiedad y depresión.

La EPS de la afiliada le negó la solicitud que hizo de un segundo diagnóstico, en las especialidades de alergología y neurología.

En este caso, la Corte en su análisis estimó que las peticiones estaban adecuadamente sustentadas, puesto que se relacionaban con riesgos inherentes a las enfermedades padecidas por la accionante. Reseñó que al tratarse de una enfermedad huérfana no hay estudios conocidos clínicamente para tratar la patología y que los cuidados y atenciones solicitados no resultaban caprichosos. Además, reiteró que los pacientes tienen derecho a una segunda opinión médica cuando su solicitud esté fundamentada en razones suficientes y atienda una necesidad real.

 Un paciente y/o usuario del sistema de salud también puede solicitar ante su EPS una segunda opinión médica, si su estado revela que el tratamiento prescrito no ha sido efectivo para mitigar la enfermedad y, eventualmente, no está conforme con el dictamen dado.   

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