¿Puedo solicitar a la EPS un dispositivo auditivo por mi pérdida auditiva?

La Corte Constitucional en Sentencia T-156-21 ordenó a favor de una joven de 25 años, la entrega de un dispositivo auditivo que, según su médico tratante, necesita para mejorar su audición. 

La accionante en este caso fue diagnosticada con una enfermedad que le ocasionó pérdida de audición y dificultad de comunicación, por lo que en el 2012 fue sometida a una cirugía de implante coclear que le ayudaría con su discapacidad. 

La Corte puntualizó que la joven necesita el audio procesador como medio de rehabilitación auditiva, de lo contrario, su calidad de vida resultaría limitada de manera significativa, puesto que podría perder por completo la audición. 

“Desde la esfera psicológica, las valoraciones médicas dan cuenta de problemas de concentración, vergüenza, depresión, baja autoestima, preocupación, frustración, ansiedad, desconfianza, inseguridad, paranoia, ira, irritabilidad y culpabilidad”. Por tanto, la Corte concluyó que la falta del dispositivo auricular ordenado no solo implica vulneración del derecho a la salud de la accionante, sino que también amenaza su vida digna.  

El fallo le dio 48 horas a la EPS para entregar y adaptar el audio procesador que la joven necesita y que fue ordenado por el médico tratante. 

Si usted presenta un caso similar, también podrá tutela la protección de sus derechos fundamentales a la salud, vida digna, entre otros.  

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