¿Por qué el valor de la Vivienda de Interés Social es distinto en algunas ciudades?

El Decreto 1467 del año 2019 reglamentó un precio excepcional para la Vivienda de Interés Social en seis aglomeraciones urbanas: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Cartagena. Eso quiere decir que, para estas capitales y sus municipios aledaños, el precio máximo para la VIS es de 150 SMMLV. Para el resto del país, el tope máximo continúa siendo 135 SMMLV. 

Esta diferencia de precios está fundamentada en la información del documento CONPES, mediante el cual se evaluaron las aglomeraciones con los municipios que las componen y determinó la evidencia de presiones en el valor del suelo que generan dificultades en la provisión de vivienda de interés social, en razón al alto peso del valor del suelo en la estructura de costos de la vivienda, al crecimiento acelerado del precio de la vivienda en relación con los costos de la construcción debido al aumento en el precio del suelo, y a la desaceleración generalizada en la oferta de vivienda en el segmento VIS.  

El Gobierno Nacional reconociendo la heterogeneidad, determinó en este Decreto los Distritos y Municipios sobre los que debe aplicarse el ajuste del precio, teniendo en consideración los criterios de tasa de conmutación laboral con respecto al núcleo de la aglomeración y la actividad económica residencial de cada Municipio o Distrito.  

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