
En los procesos de divorcio, cuando sucedan este tipo de situaciones, los casos deben ser abordados por el juez, con perspectiva de género, es decir, el juez debe detectar un trato desequilibrado, identificar sesgos a causa de los roles de género y obtener las herramientas jurídicas necesarias para poder contrarrestar esa situación.
La Corte Suprema de Justicia ha dispuesto que cuando los jueces tengan que decidir en conflictos de exparejas por los efectos económicos de su matrimonio o de una unión marital de hecho, -y se enfrente, por ejemplo, a la venta simulada de propiedades cuyo único objetivo es restarle patrimonio a la sociedad conyugal-, deben tener en cuenta si en esos casos subyacen estereotipos de género que buscan frustrar el reparto equitativo de los bienes. Consúltenos.
También deben advertir si en el fondo hay un desprecio por la participación que tuvo uno de los miembros de la pareja en la construcción de ese patrimonio común, teniendo en cuenta que no solo el proveedor económico es quien contribuye a él, sino también quien aporta a la denominada economía del cuidado y las labores domésticas.