¿Los venezolanos pueden ingresar al SENA?

 La Corte Constitucional en Sentencia T-441-22, protegió los derechos de un joven venezolano, a quien el SENA, le negó la inscripción a un curso, pese a contar con el Permiso Especial de Permanencia (PEP) que otorga el Gobierno. 

El SENA manifestó que a la entidad no le constaba el estatus migratorio en el cual se encontraba el joven y que solo era posible matricular en algún curso a estudiantes de otros países, si contaban con cédula de extranjería. 

La Corte expresó que los permisos de permanencia especial se reconocen en Colombia como documentos idóneos para que los nacionales venezolanos se puedan identificar en territorio colombiano, y así acceder a los diversos servicios ofrecidos por el Estado. 

Una circular expedida por el mismo SENA en 2019 expresa claramente que los nacionales venezolanos que no tengan cédula de extranjería podrán inscribirse a los diferentes servicios de formación ofrecidos por esa institución utilizando únicamente el número de identificación dado mediante el PEP. 

La Sala recordó al SENA que el acceso a la educación implica eliminar todo tipo de discriminación en el ingreso al sistema educativo y brindar facilidades desde el punto de vista geográfico y económico para acceder al servicio. 

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