
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, ha establecido que los comercializadores de vapeadores deben cumplir con la obligación legal de informar a los consumidores, lo siguiente:
- Suministrar información clara, oportuna y precisa respecto de la intensidad de nicotina ofrecida a los usuarios.
- Suministrar información mínima en idioma diferente al castellano.
- Indicar en los envases y empaques de los productos, de manera clara y en caracteres legibles, respecto de la nocividad de los productos ofrecidos, y las condiciones o indicaciones necesarias para la correcta utilización de las sustancias que contienen nicotina y que se emplean con diversos dispositivos denominados “vapeadores”.
- Emitir publicidad de productos que son nocivos para la salud, advirtiendo claramente al público acerca de la nocividad y de la necesidad de consultar las condiciones, indicaciones para su uso correcto, así como las contraindicaciones del caso.
- En las herramientas de comercio electrónico se debe verificar la edad de los consumidores. Entre otras.
La SIC sancionó en los últimos días a varios comercializadores por incumplir las obligaciones mencionadas, con multas de hasta por 2.000 SMMLV.