¿Los trabajadores en misión de bolsas de empleo pueden afiliarse a sindicatos?

 

 

 

 

En día pasados el Consejo de Estado dictó sentencia favoreciendo a los trabajadores de empresas de servicios temporales, más conocidas como bolsas de empleos, determinando que este tipo de trabajadores tienen derecho a a afiliarse a un sindicato.

Igualmente señala en la sentencia que las empresas de servicios temporales están obligadas a negociar los pliegos de peticiones que presenten los trabajadores que hayan enviado en misión a las empresas que contrataron sus servicios y que hagan parte de un sindicato de industria.

Recordemos que el derecho a la libertad sindical, es un derecho de todos los trabajadores, sin discriminación ni distinción alguna, mediante el cual conforman organizaciones permanentes que los identifican como grupos con intereses comunes, y cuya defensa propugnan. Este derecho implica la libertad tanto para afiliarse como para retirarse de dichas organizaciones. Precisando que los sindicatos no pueden tener por objeto la explotación de negocios o actividades con fines de lucro. Este tipo de organizaciones no pueden tener como objeto único la realización de negocios o actividades lucrativas, es decir, perderían su identidad y podrían confundirse con las sociedades comerciales que persiguen la realización de un objetivo comercial, con fines de lucro.

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