¿Los restaurantes pueden seguir usando el menú digital? 

La Superintendencia de Industria y Comercio SIC, anunció que con ocasión de la pandemia generada por el COVID-19, en el país se adoptaron medidas transitorias y excepcionales en materia de protocolos de higiene y bioseguridad que permitían la eliminación del uso de cartas o menús en físico, a efectos de evitar la propagación del virus. Sin embargo, esta medida no se encuentra actualmente vigente, como tampoco las relacionadas con el uso de tapabocas en Bares y restaurantes en espacios cerrados, ni la exigencia de presentar el carné de vacunación para permitir el ingreso a dichos establecimientos. 

En relación con el uso de las cartas o menús físicos, la SIC advirtió que los establecimientos de comercio deben garantizar el derecho de información que tienen los consumidores. Por lo tanto, a pesar que está habilitado el uso adicional de medios tecnológicos para verificar los precios, tienen la obligación de informar visualmente el precio a los consumidores, es decir, debe tener un menú o lista de precios físico. 

Recuerde que “El precio de venta al público de cada uno de los productos que se expendan en los establecimientos para el consumo de comidas y/o bebidas debe ser informado mediante el sistema de lista, fijada en un lugar suficientemente visible a los consumidores o, través del uso de cartas en las cuales se indique el precio de cada uno de los productos que se ofrecen al público. El código QR representa una modalidad alternativa para la presentación del listado de precios o la carta de los lugares dedicados al expendio de comidas y/o bebidas.  

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