¿Los que están trabajando desde casa tienen derecho al subsidio de transporte?

Con fundamento en la emergencia económica, social y ecológica decreta por el Gobierno Nacional, muchas empresas decidieron enviar a sus trabajadores a continuar sus labores desde casa, aplicando la forma de trabajo denominada   “Teletrabajo”.

El Teletrabajo, es definido como una forma de trabajo, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación – TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador.

El trabajador que se encuentre laborando en estos momentos desde su casa, tendrá derecho a su remuneración habitual, su contrato de trabajo y la prestación personal del servicio no desaparece; al igual que el poder de subordinación que ejerce el empleador. Sin embargo, en relación con uno de los elementos del salario, como es el auxilio de transporte, los teletrabajadores, no tendrán derecho al pago de este auxilio, debido a que el auxilio de transporte tiene como finalidad ayudar económicamente al trabajador para su desplazamiento al sitio de trabajo. Y en la forma de Teletrabajo no hay desplazamiento a lugar de trabajo.  

El subsidio de transporte tampoco se paga cuando el trabajador reside en el sitio de trabajo, no se paga durante el tiempo de las incapacidades ni durante el disfrute de sus vacaciones.

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