Los trabajadores independientes, a partir de este mes de septiembre, podrán pagar sus aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales mes vencido y no mes anticipado, tal como lo dispuso el Decreto 1273 de 2018.
El pago de las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores independientes se efectuará mes vencido, por periodos mensuales, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, esto es, el mes inmediatamente anterior.
El Ministerio de trabajo ha señalado que las entidades promotoras de salud (EPS) y las administradoras de riesgos laborales (ARL) no podrán negar la prestación de los servicios de los trabajadores independientes que no paguen sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales durante el mes de septiembre.
De igual manera, los trabajadores independientes que quieran pagar sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales durante el mes de septiembre podrán hacerlo, anticipándose al pago de los mismos.