¿Los extranjeros legales deben afiliarse al sistema de salud? 

La Corte Constitucional en Sentencia T-284-22 advirtió que no existe una exención que permita a un extranjero excusarse de gestionar la afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, una vez regularizada su situación migratoria, especialmente cuando se trata de menores de edad. 

La Corte en esta tutela señaló que la accionante debe gestionar la encuesta del Sisbén y de esta manera ser incluida con su familia como afiliadas al régimen subsidiado de salud, en aras de garantizar todos los derechos que la condición de salud exige. 

El Alto Tribunal recordó que, después de regularizar su situación migratoria, los extranjeros deben afiliarse al Sistema de Seguridad Social en Salud, “especialmente cuando de lo que se trata es de formalizar la afiliación de una menor de edad a una EPS donde le brinden la protección integral en salud que requiera, dada su condición innegable de discapacidad que le impide valerse por sí misma”. 

El fallo le ordenó a la alcaldía del lugar de residencia de la accionante, que apoye a esta persona en la afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud o directamente la afilie a ella y a su hija, si a la fecha aún no lo ha hecho.  

También se le ordenó a la Secretaría de Salud respectiva, que suministre los medicamentos que requiere la menor, además de pañales y una silla de ruedas, tecnologías que están incluidas en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). Lo anterior puesto que la menor no solo requiere los medicamentos para controlar los episodios convulsivos que padece, sino también los pañales, por la falta del control de esfínteres, derivada de los padecimientos que la aquejan, y la silla de ruedas, por la imposibilidad que tiene para moverse sin la ayuda de otra persona. 

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.