¿Las universidades deben ofrecen intérpretes a los estudiantes con discapacidad auditiva?

La Corte Constitucional en Sentencia T-138 del 2022, exhortó a una Institución Universitaria de Antioquia para que agilice la contratación de los intérpretes de Lengua de Señas Colombiana para una estudiante con discapacidad auditiva.  Asimismo, la instó a disponer de espacios de participación en los que, de forma conjunta, la accionante y los funcionarios responsables de adoptar los ajustes razonables puedan identificar las necesidades concretas de la accionante en el marco de su proceso de inclusión a las distintas actividades universitarias.

La decisión fue adoptada en el marco de una tutela que presentó una joven con discapacidad auditiva en contra de dicha Universidad. La accionante solicitó, entre otras pretensiones, que dicha institución le garantizara el servicio de intérprete para que la acompañara tanto en las clases matriculadas como parte del pensum de su programa académico, como en el desarrollo de actividades complementarias como eventos académicos, deportivos, recreativos o culturales o el servicio en trámites y gestiones administrativas.

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