¿Las tarjetas de regalo debo usarlas en una sola compra?

 

 

No. Los bonos de compra, certificados o tarjetas de regalo están regulados por la Superintendencia de Industria y Comercio.

La SIC señala que los bonos de regalo son pequeñas tarjetas de plástico similares a una tarjeta de crédito que tiene una cantidad pre-pagada de dinero disponible para gastar. Generalmente son de tiendas, almacenes o lugares específicos. Son definidos como documentos que soportan el pago anticipado de una suma de dinero a título de precio o como parte de él, según el caso, que no constituyen título valor, medio de pago o de cambio, y no son recargables.

Estos bonos o tarjetas de regalo con válidos para la adquisición de un bien o servicio específico, dentro de un plazo señalado. En atención a que su finalidad no es proporcionar al consumidor una cantidad de dinero en efectivo, cuando se adquiere un bien o servicio de menor valor, no se podrá entregar dinero en efectivo (vueltas o cambio), salvo que se haya acordado lo contrario, pero pueden ser redimidos de forma parcial. Es decir, puede ser utilizado en varias compras, hasta gastar su totalidad.

La SIC expresa que la vigencia de los bonos de compra, certificados o tarjetas de regalo, deben tener como mínimo un (1) año a partir de la fecha de su expedición y/o activación. Sin embargo, las partes pueden pactar plazos diferente, siempre y cuando no sea inferior a este.

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1 thought on “¿Las tarjetas de regalo debo usarlas en una sola compra?”

  1. Buen día, doctora. Me gustaría saber si usted requiere dependientes judiciales, en caso de no ser así por el momento, ¿podría dejarme un correo al cual enviar mi hoja de vida para cuando lo requiera? Sería un placer capacitarme trabajando para tan prestigiosa abogada.

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