¿Las personas naturales empleadoras pueden acceder al subsidio de nóminas?

Al Programa de Apoyo al Empleo Formal PAEF, pueden acceder las Personas jurídicas, personas naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales.

Los postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Haber sido constituido antes del 1º de enero de 2020.

2. Contar con una inscripción al registro mercantil.

3. Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando la disminución del 20% de sus ingresos.

4.  Tener una cuenta de ahorros o cuenta corriente en una entidad financiera.

En el caso de personas naturales, para efectos del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 1, se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil. Las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales no deberán cumplir con el requisito establecido en el numeral 2. En su lugar, deberán aportar copia del Registro Único Tributario.

No podrá acceder al Programa la persona natural que tenga menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020.  Y aquellas que sean Personas Expuestas Políticamente (PEP) o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente (PEP).

Les comparto el link de la resolución del Ministerio de Hacienda Nacional, la cual define metodologías para acceder al PAEF. https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=/ConexionContent/WCC_CLUSTER-131416//idcPrimaryFile&revision=latestreleased

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