La pensión de invalidez de origen profesional o laboral surge cuando un trabajador ha perdido su capacidad laboral en un porcentaje superior al 50%, esto, ocasionada por una enfermedad o accidente de origen laboral o profesional,
De acuerdo a las normas de seguridad social, relacionadas con este tipo de prestación económicas, el monto de la pensión de invalidez de origen laboral que se le va a otorgar al empleado declarado como invalido laboralmente, sera de la siguiente forma:
1.- Por una invalidez superior al 50% pero inferior al 66%, el empleado tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 60% del ingreso base de liquidación.
2.- Por una invalidez superior al 66%, la pensión de invalidez será equivalente al 75% del ingreso base de liquidación.
A los pensionados por invalidez que requieran del acompañamiento de otra u otras personas para realizar las funciones elementales de su vida, el monto de la pensión se les debe incrementar en un 15%. Por tanto, si usted se encuentra en estas condiciones, podrá solicitar el incremento pensional del 15% por gran invalidez. Consúltenos.