¿La dotación de uniformes la paga el trabajador o el empleador?

Las normas laborales disponen que la dotación de uniformes y calzado es una prestación social que se encuentra a cargo del empleador. Es decir, el empleador tiene la obligación de hacer entrega de la dotación completa a los empleados que tengan derecho a esta. Y el costo de esta prestación debe ser asumida en su totalidad por el empleador.  

El artículo 230 del código sustantivo del trabajo, contempla la obligación para la empresa de suministrar la dotación a los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales. Ahora, si la empresa quiere entregar dotación a los trabajadores que devenguen más de dos salarios mínimos, está tendrá igualmente la obligación de entregar esa prestación social asumiendo su costo íntegramente, sin descontar del salario del trabajador dinero alguno por la dotación.  

Los trabajadores no deben asumir el costo económico de los uniformes y elementos requeridos para el desempeño de sus actividades, por tanto, si el trabajador tiene derecho a su dotación o la empresa exige uniforme, el empleador tendrá que asumir el valor total de las dotaciones, sin descontar de los salarios de los trabajadores valor alguno por este concepto.  

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