¿Hasta cuándo tienen plazo los empleadores para consignar las cesantías al fondo?  

El Ministerio del Trabajo recuerda a todos los empleadores del país, que tienen hasta el 14 de febrero, como fecha límite para consignar en el fondo público o privado las cesantías de cada trabajador correspondientes al tiempo laborado en el año 2021. 

La prestación social ¨Cesantías¨, que está regulada en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo –CST, debe pagarse a todo trabajador dependiente, y corresponde a un mes de salario por cada año de servicios laborados, o si ha trabajado un tiempo inferior a un año, las cesantías deben pagarse de manera proporcional al tiempo laborado. 

Las cesantías se liquidan anualmente, equivale al periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año o al tiempo proporcional laborado. 

Recordemos que los trabajadores que reciben salario integral no reciben cesantías, ya que estas se encuentran incluidas en el 30 % que se les otorga como factor prestacional. 

El propósito de las cesantías es ofrecer protección al trabajador cuando se encuentre cesante o sin empleo.

 El Ministerio del Trabajo recordó́ a los empleadores que el no consignar las cesantías de los trabajadores a tiempo puede tener dos consecuencias: 

1. Una sanción moratoria que consiste en un día de salario por cada día de mora en la consignación. 

2. Si producto de un procedimiento sancionatorio, la Inspección de Trabajo puede imponer multas que van entre $1.000.000 y $5.000.000.000 

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