¿Hasta cuándo es la amnistía en las multas de tránsito?

El Gobierno Nacional expidió la Ley 2027 del 2020, mediante la cual se crea una amnistía a los deudores de multas de Tránsito y posibilidad de la suscripción de acuerdos de pago por deudas de los derechos de tránsito a las autoridades de tránsito.

Los infractores interesados en acogerse a este beneficio podrán hacerlo desde del 24 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020. Aplica para todos los infractores que tengan pendiente el pago de las multas, están pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito impuestas hasta el 31 de mayo de 2020, podrán acogerse, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito, a un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus respectivos intereses.

Quienes suscriban acuerdos de pago, contarán con un plazo de hasta un año contado a partir de la fecha de suscripción del acuerdo para pagar. Quienes incumplan con una sola de las cuotas pactadas, perderán el beneficio de la amnistía y la autoridad de tránsito iniciará la ejecución por la totalidad de lo adeudado, procediendo a reportar la novedad al SIMIT.

Estos beneficios no se reconocerán ni se concederán a aquellos conductores que, al momento de los hechos constitutivos de la infracción, estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas.

Aprovecha y ponte al día con el tránsito.

Les comparto el enlace directo a la Ley 2027 del 2020. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202027%20DEL%2024%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf

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