En Colombia el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito y las normas laborales disponen que ambas modalidades contractuales son válidas y generan los mismos derechos y obligaciones para las partes: empleador y trabajador.
El contrato de trabajo verbal solo requiere un acuerdo verbal entre empleador y trabajador, donde pacten la labor a ejecutar, remuneración y sitio donde se desarrollará la actividad contratada. Esto será suficiente para que la relación laboral se origine y tenga plena validez.
A pesar que esta modalidad de contrato laboral es válida, le sugiero realizar sus contratos laborales escritos, debido a que si en un futuro existen controversias o discrepancias entre las partes, probatoriamente será más fácil demostrar quien le asiste su derecho mediante un contrato por escrito.
El contrato verbal de trabajo también debe ser liquidado, es decir al momento de su finalización, deben pagar al trabajador sus prestaciones sociales como cesantías, interés de cesantías, primas de servicio y las vacaciones si se adeudan. Al igual que durante toda su relación laboral, debió el trabajador estar afiliado a las entidades de seguridad social por parte de su empleador.