4 thoughts on “¿Es obligatoria la segunda prueba del COVID-19?”

  1. Buenos días. Mi hijo va para 7 años atendiendo una sucursal de almacen de Calzado en un Centro Comercial, como administrador informal. Nunca firmó contrato, no recibe ninguna prestación social. Recibe sus pagos en efectivo y no existe documento de constancia de nada. ¿ Se puede ir con las manos vacías el día que renuncie? ¿ Es un trabajador fantasma?

    1. Hola, Los contratos laborales también pueden ser verbales y generan los mismos derechos que el contrato escrito. Si requiere una asesoría, contacte con nuestras lineas de atención al cliente: (5) 3706964 – (57) 3007556122- (57) 3116848961. Saludos.

    1. Hola, si usted es de los trabajadores que por Ley se ha determinado que el covid le aplica como enfermedad laboral, debe tramitar su incapacidad ante la ARL. De lo contrario esta debe ser pagada por la EPS. Saludos.

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