¿Para qué vuelos nacionales se requiere la prueba del COVID-19?

El Ministerio de Salud y la Protección Social ha manifestado que la Resolución 1517 del 1 de septiembre 2020, estableció que se requiere prueba para los viajeros que necesiten ir los departamentos con una tasa de contagio de COVID-19 menor a 1.000 por 100.000 habitantes y cuya principal vía de acceso desde otros departamentos sea aérea. Precisando que actualmente solamente el departamento de Vichada cumple esta condición.  Por tanto, ya no es requisito para los viajeros tomarse una prueba para COVID-19 con diagnóstico negativo para aquellos destinos como Guainía, Vaupés y San Andrés, en los que inicialmente sí era necesario.

Señala el Minsalud que si bien hay una estabilización en los casos de contagio y mortalidad del COVID-19 en el país, algunos territorios -que hasta hace unas semanas tenían baja o mediana incidencia- ya superaron la tasa de contagio de 1.000 por cada 100.000 habitantes. 

Las aerolíneas ni las autoridades en los aeropuertos deberán exigir a los viajeros mayores de 7 años la presentación del resultado de la prueba para detección del COVID-19 con diagnóstico negativo, a no ser que se dirijan al departamento de Vichada, donde sí sigue siendo un requisito tal y como lo establece la Resolución 1517 de 2020

Recuerde que las EPS son las responsables de hacer las pruebas para COVID-19 en el caso de los viajeros que actualmente requieran viajar a Vichada.  

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