¿En Colombia es válido usar el Bitcoin? 

El Banco de la República ha sostenido que: 

  1. La única unidad monetaria y de cuenta en Colombia es el peso (billetes y monedas) emitido por el Banco de la República. 

     
  2. Las criptomonedas, o los criptoactivos, incluyendo el Bitcoin, no son una moneda en Colombia y, por lo tanto, no constituyen un medio de pago de curso legal con poder liberatorio ilimitado. No existe entonces obligatoriedad de recibirlo como medio de cumplimiento de las obligaciones. 

     
  3. El bitcoin y criptomonedas, tampoco son un activo que pueda ser considerado una divisa debido a que no cuenta con el respaldo de los bancos centrales de otros países. En consecuencia, no puede utilizarse para el pago de las operaciones de que trata el Régimen Cambiario. 

En consecuencia y teniendo en cuenta la expansión la Superintendencia Financiera de Colombia, hace un llamado al público en general señalando que corresponde a cada persona conocer y asumir los riesgos inherentes a las operaciones que realicen con este tipo de “monedas virtuales”, pues no se encuentran amparadas por ningún tipo de garantía privada o estatal, ni sus operaciones son susceptibles de cobertura por parte del seguro de depósito. 

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.