¿El trabajador puede escoger la Caja de Compensación Familiar?

 

De acuerdo a las normas vigentes, los empleadores que ocupen uno o mas trabajadores de carácter permanente les corresponde escoger la Caja de Compensación Familiar para que les presten los servicios a los trabajadores. La caja de compensación escogida debe operar en el departamento dentro del cual laboren los trabajadores.

Los trabajadores independientes y pensionados, podrán afiliarse de forma directa a la caja de compensación de su preferencia.

Una vez la caja de compensación escogida acepte la afiliación de la empresa, el empleador debe enviar la totalidad de los documentos que acrediten la calidad de beneficiarios o no del Subsidio Familiar de sus trabajadores, junto con los formularios de inscripción de los trabajadores que debe suministrar la respectiva caja.

Una vez inscritos,  la caja de compensación familiar expide un carné a sus afiliados, que les permite la utilización de sus servicios acorde con su categoría.

Terminado el periodo de afiliación del trabajador con la respectiva caja, éste y sus beneficiarios o personas a cargo, pueden hacer uso de los programas de educación, capacitación, recreación y turismo social.

Se concluye que quien tenga la calidad de empleador y que ocupe uno o más trabajadores permanentes esta obligado a afiliarse a una Caja de Compensación Familiar, para que ésta a su vez, le reconozca a los trabajadores beneficiarios el subsidio familiar en dinero, especie o servicios, entre otros.

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