¿El trabajador incapacitado recibe el subsidio familiar de la caja de compensación?

 

 

El subsidio familiar que otorgan las cajas de compensación lo reciben los trabajadores afiliados, que tengan una remuneración fija o variable que no sobrepase los 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes y que sumada a la remuneración de su cónyuge o compañera (o) no sobrepase de 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Deben cumplir el requisito de laborar al menos 96 horas en el mes y tener personas a cargo que causen el derecho a recibir el subsidio familiar: Hijos, Hijastros, Hermanos huérfanos, Padres mayores de 60 años.

Tenga en cuenta que este tipo de subsidio familiar puede ser cobrado simultáneamente e por los mismos hijos el padre y la madre, cuyas remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Ahora, durante los períodos de incapacidad por motivo de enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad laboral, el trabajador beneficiario tiene derecho a seguir recibiendo el subsidio familiar. Este debe presentar la incapacidad, la cual se acredita con el certificado expedido por la correspondiente E.P.S. y continuará recibiendo sus subsidios mensualmente.

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