El trabajador debe justificar su ausencia laboral?

 

 

 

Los trabajadores tienen como obligación realizar personalmente la labor, en los términos estipulados en su contrato; observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular le imparta el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido. Motivo por el cual las normas laborales textualmente prohíben al trabajador faltar a su lugar de trabajo sin justa causa o sin autorización del empleador.

Cuando esta prohibición es infringida o violada es considerada justa causa para que el empleador de por terminado un contrato laboral sin que medie el previo aviso. Es decir, que si el trabajador falta a su lugar de trabajo sin existir justa causa o permiso para ello, su contrato laboral podrá ser terminado por empleador por justa causa, sin embargo el empleador debe garantizar el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa del trabajador, lo que implica el escuchar las razones del trabajador por su inasistencia.

Cuando un empleador termine un contrato laboral por justa causa a un trabajador, el empleador está obligado a cancelar las siguientes prestaciones sociales: 1- El auxilio de cesantías 2– Los intereses de cesantías: se debe cancelar los interés legales del 12% anual del valor de las cesantías o proporcional. 3- Prima de servicios: Tendrán derecho a esta prestación el que labore durante todo un semestre (6meses) o proporcionalmente al tiempo servido. 4– Vacaciones: Consiste esta prestación en pagar al trabajador 15 días hábiles consecutivos de descanso remunerado por cada año de servicio y proporcionalmente por fracción. Sin el pago de indemnizacion alguna.

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.