¿El Programa de Alimentación Escolar PAE podrá ser vigilado por los padres?

El Gobierno Nacional expidió La Ley 2042 del 2020 mediante la cual se permite que los padres de familia ejerzan vigilancia sobre la operación del Programa de Alimentación Escolar- PAE-.  

Esta Ley permite que la comunidad educativa, preferiblemente las asociaciones de padres de familia y los docentes que hacen parte de la institución educativa hagan acompañamiento y vigilancia sobre el PAE. Especialmente deberán informar si las entidades encargadas de ejecutar el PAE propenden por evitar entregar productos comestibles o bebibles que contengan una cantidad excesiva de sodio, azucares añadidos, edulcorantes artificiales y grasas saturadas; en aras de garantizar la entrega de alimentos frescos, naturales y que se suministre una alimentación balanceada. Igualmente deberán verificar que el operador del PAE propenda por integrar dentro de su personal, como manipuladores, en un porcentaje no menor al 20%, a los padres de familia usuarios, priorizando a aquellos que sean cabeza de familia. 

La expresión “padres de familia” comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados.  

La Unidad Administrativa Especial para la Alimentación Escolar deberá elaborar un plan de capacitación para la comunidad educativa, sobre el ejercicio de la vigilancia comunitaria o de control social, en el marco del programa PAE .

Les comparto el enlace de la Ley 2042 del 2020. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202042%20DEL%2027%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf

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