¿Durante la nueva modalidad de trabajo en casa se puede hacer horas extras?

El Ministerio del Trabajo mediante la circular 041 del 2020 señaló las pautas generales que deben tenerse en cuenta al momento de desarrollar el trabajo en casa, como modalidad ocasional o temporal que se derivó de la emergencia económica y sanitaria que estamos atravesando.  

Esta circular establece que el trabajo en casa implica que la relación laboral y la facultad subordinante permanece vigente, así como también las garantías laborales, sindicales y de seguridad social de los trabajadores. 

No puede haber disminuciones salariales por la realización de la labor en casa. Las funciones del trabajador deben permitirle el descanso para recuperar fuerzas y compartir con su núcleo familiar. 

Se mantiene la jornada laboral establecida, y en ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de 2 horas diarias y de 12 semanales. Si la jornada se amplía por acuerdo de las partes a 10 horas diarias, no se podrá trabajar horas extra en el mismo día. 

Las partes deben ceñirse a la jornada laboral para garantizar el derecho a la desconexión laboral digital. Si a petición del empleador se requiere un trabajo en horario adicional al del 161 del CST, se causarán las horas extras y recargos que correspondan

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