¿Despenalizaron el aborto en Colombia? 

La Corte Constitucional ha emitido un pronunciamiento que ha marcado la historia en Colombia, en el tema del Aborto, señalando que la mujer en gestación podrá abortar durante los primeros 6 meses de embarazo sin que esto sea considerado ilegal.

La Corte Constitucional declaró, en primer lugar, la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 122 del Código Penal, en el sentido de que la conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de los 6 meses de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable, “(i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”. 

También EXHORTÓ al Congreso de la República y al Gobierno Nacional, para que, formulen e implementen una política pública integral que debe contener, como mínimo, (i) la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, (ii) la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. (iii) la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, (iv) el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas, (v) medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras y (vi) medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar. 

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.